Documentación necesaria

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leyes documentacion necesaria licencia de armas

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Un individuo particular puede convertirse en titular de todas las licencias de armas menos la A, reservada a las fuerzas del orden. Para poder adquirir las otras ocho licencias, el particular debe cumplir una serie de requisitos concretos y presentar una documentación determinada para cada tipo de licencia.

En primer lugar, existe un grupo de documentos comunes que son necesarios para obtener cualquier licencia. Son los siguientes:

- Una instancia debidamente rellenada por parte del solicitante. Se obtiene en la Intervención de Armas y Explosivos de la localidad donde el titular curse la solicitud.

- El certificado de antecedentes penales del solicitante.

- Una fotocopia del DNI o de la tarjeta de residencia del demandante.

- Un informe de las aptitudes psicofísicas del demandante.

- Un justificante de pago de la tasa legal para cada licencia.



Junto con estos cinco documentos básicos, el solicitante deberá presentar otros documentos específicos para cada licencia:

Licencia B (arma corta para particulares):
- El solicitante debe presentar una serie de documentos que argumenten la necesidad de disponer de un arma corta (pistola o revólver) para su seguridad.

Licencia C (armas para personal de seguridad y vigilancia):
- Certificado de la empresa, entidad u organismo en la que el solicitante preste sus servicios.
- Fotocopia del documento que acredite la habilitación del interesado para el ejercicio de funciones de seguridad.
- Declaración del solicitante, con el visto bueno de su jefe, de no hallarse sujeto a procedimiento penal o disciplinario.

Licencias D y E (rifles para caza mayor, armas largas rayadas calibre .22, escopetas, ballestas y similares):
- Documento que acredite que el solicitante se dedica realmente a la caza o que practica deportes de tiro.

Licencia F:
- Certificado de la Federación o Delegación de Tiro Olímpico en el que conste la condición de tirador y la categoría que ostenta el demandante.
- Fotocopia de la licencia federativa del interesado.

Licencia AEM:
- En caso de que el solicitante tenga menos de 16 años, deberá presentar el certificado de antecedentes penales.
- Certificado de antecedentes penales de la persona que ejerza la patria potestad o la tutela del solicitante.
- Fotocopias del DNI o de las tarjetas de residencia del solicitante y de su tutor.
- Una autorización expresa en la que el tutor del solicitante se responsabiliza de su actuación ante la autoridad pertinente (notario, alcalde, policía, Guardia Civil, etc).
- Informe de aptitudes psicofísicas del menor.
Si el tutor posee una licencia de armas no tendrá la obligación de presentar estos documentos.



Por otro lado, para adquirir las licencias D, E, F y AEM, el solicitante deberá superar unas pruebas de capacitación establecidas por el Ministerio del Interior español. Además, deberá presentar el justificante de pago de las tasas correspondientes a cada prueba.

En caso de estar interesado en obtener la Tarjeta Europea de armas (TE) para poder viajar por la Unión Europea con un arma, deberá presentar la siguiente documentación:

- Una instancia debidamente cumplimentada.
- Dos fotografías del demandante.
- Fotocopia del DNI.
- Fotocopia de las licencias de armas que el solicitante quiera incluir en la Tarjeta.
- Justificante de pago de la tasa legal para obtener la Tarjeta Europea de armas.


Importante     
Esta sección debe entenderse como un artículo periodístico. En ningún caso, el usuario debe tomarse estos textos como oficiales, ya que se trata de un resumen del Reglamento de Armas del ordenamiento jurídico español. Para resolver todas sus dudas legales, armas.es recomienda a sus usuarios ponerse en contacto con su correspondiente Intervención de Armas de la Guardia Civil o bien consultar a la autoridad competente en materia de armas de su país.     

Comentarios


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andres

09, Noviembre 2013 21:15:23

tengo la licencia A (policia local), se supone que me convalida unas cuantas, a la hora de solicitar información (por si se me olvidara algo) de los requisitos necesarios para hacerme con una escopeta de corredera para tiro al plato (si, tengo un gusto raro, llamadme rebelde) en Intervención de armas, ademas de lo típico me dicen que debo presentar :

1º..- un informe de Jefatura que certifique que sigo en servicio activo y no estoy incurso en ningún expediente disciplinario (perfectamete entendible)

2º.- un ¿¿¿¿permiso de jefatura para tener dicho arma????

no es que me cueste solicitarselo a Jefatura, pero me parece que se están confundiendo con los requisitos del permiso C (guardias jurados, escoltas, etc), me hace dudar entonces que cumplan lo que dice el Reglamento de Armas.

no lo se, si alguien me lo puede explicar, le estaría muy agradecido.

andres

21, Febrero 2013 13:05:22

he heblado con inetervención de Armas de mi demarcación, me dicen que necesito aportar, además de la licencia (carnet profesional), fotocopia DNI, tasas, un certificado de jefatura en el cual se diga que sigo en servicio activo y no ando incurso en ningún expediente disciplinario, y un documento en el cual me autoriza jefatura para tener dicho arma(para uso particular?), eso o sacarme la licencia E, con lo cual el rifle que tengo guiado con la A+D debria de guiarlo con la D, también como particular... me he liado muchisimo, no obstante he llamado a la Comandancia de mi CC.AA para preguntarles por el asunto pues estaba hecho un lio, simplemente me han dicho que lo gestione mi Ayuntamiento... no entiendo nada... máxime cuando en el Reglamento de Armas explica que mi licencia , supone tener la B, D, etc tec
¿alguien puede aclararme un poco el asunto?

adryss

12, Julio 2011 02:45:57

hola a todos aver si me podeis orientar un poco lo agradeceria mucho vivo en paterna en valencia y me gustaria saber si hay algun campo de tiro deportivo cerca me gusta mucho el tiro pero ando un poco perdido tambien con el tema de las licencia que tengo que hacer ? gracias por adelantado

Manolo

15, Mayo 2011 12:48:43

La reglamentación en España para la tenencia de un armas larga rayada para caza mayor por un particular se fundamente en: Caza Mayor (Licencia D) o Tiro Deportivo (Licencia F), por tanto únicamente podrá poseer un arma de estas características obteniendo una de estas licencias. Y por cierto la Intervención de Armas y Explosivos solo hace cumplir la legislación que elabora el gobierno de la nación, es decir los políticos. En todo caso tendrás que coger ojeriza a ellos....

José Moreno Cala

14, Diciembre 2010 11:57:12

¿Hay alguna manera de poseer legalmente un arma larga rayada que no sea con la licencia D (se necesita licencia de caza con recargo de mayor¿?NO TENGO INTENCIÓN DE USARLA PARA LA CAZA)y teniendo en cuenta que no hay campos de tiro o galerías en las cercanías de mi residencia?.Estoy cada vez más cansado de tanta burrocracia y empiezo a cogerle ojeriza a los de la IA...

antonio

16, Octubre 2010 21:26:20

no tengo permiso de armas, pero quisiera obtenerlo, no me gusta la caza, pero si el tiro de precision, cerca de aqui van a construir un campo de tiro (club de tiro montegrande) pero quisiera sacar el permiso (E) aprovechando las vacaciones del trabajo, mi pregunta es: si no voy a cazar y el campo de tiro aun esta en construccion, que papeles presento?? gracias a quien pueda responder.

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